El pasado día 23 de Octubre, según Decreto de Alcaldía se incoa expediente disciplinario al agente de la policia local Juan Carlos Cremades Giner , en relación a la Sentencia nº 41 del Juzgado de Instrucción nº2 de Novelda , como autor de una falta de desobediencia a otro agente de la autoridad . Hecho normal y sin transcendencia ( me refiero a la incoación del expediente disciplinario ) si no fuese por los datos e informaciones que a continuación paso a detallar .
En fecha 8 de marzo del año 2.005 , registré un escrito al Exmo. Ayuntamiento de Novelda , dándo conocimiento cómo responsable sindical de la Sentencia de 25 de enero de 2.005 del Juzgado de Instrucción nº 1 de novelda , correpondiente al Juicio de Faltas nº 175/03 . Sentencia condenatoria al oficial de la policia local de Novelda D.José Amorós Rivera , cómo Autor de varias faltas de lesiones del Art.617 del Código Penal contra dos jóvenes ciudadános de Novelda , a una pena de múlta de dos méses a una cuota diaria de 6 euros ( 360 euros ) y en concepto de responsabilidad por las lesiones causadas a pagar otros 270 euros . El Ayuntamiento , es decir el Sr. Rafa Sáez no hizo caso y no tomó medidas , tampoco la Oposición que conocia lo acontecido movió ficha .
A pasado el tiempo y ahora quien estaba en la Oposición , ahora es el Sr. Alcalde (Sr. Mariano Bertrá ) y ahora cómo no podia ser de otra forma incoa exp. disciplinario a Juan carlos Cremades Giner por la Sentencia en cuestión . Sr. Alcalde , por escrito de fecha 22 de Febrero de 2.008 y por registro le remito información de la Sentencia condenatoria del oficial de la policia local de los malos tratos y agresión de servicio y de uniforme contra dos jovenes de novelda por parte del oficial D. José Amorós Rivera . Inicie el correspondiente Exp. Disciplinario , por que todos sómos iguales hante la Administración Local que pertenecemos y Ud. Preside.
Carta remitida correctamente identificada.