La Comunitat Valenciana expedirá a partir este lunes el certificado COVID Digital de la UE en sus tres variantes. El certificado es una propuesta de la Unión Europea para facilitar de forma segura la libre circulación de los ciudadanos en la UE durante la pandemia de COVID-19. Pretende funcionar como un fast track o circuito rápido a fin de agilizar los trámites de entrada y salida entre los países de la Unión. Los países ya pueden empezar a emitirlo y utilizarlo y estará disponible en todos los Estados miembros de la UE a partir del 1 de julio de 2021.
Entre las CCAA preparadas para comenzar a emitir certificados a sus ciudadanos el próximo 7 de junio está la Comunidad Valenciana. Esta será la primera fecha en que ya se podrá poner en circulación este documento digital. El equipo técnico que forma parte de la Dirección General de de Planificación, Eficiencia Tecnológica y Atención al Paciente ha hecho un gran esfuerzo para poner a disposición de los valencianos y valencianas la posibilidad de obtener los Certificados COVID Digital de la UE válidos en todos los países de la UE, de forma segura y fiable, en las dos lenguas cooficiales de la Comunidad y en inglés, y tanto de forma presencial como telemática en un tiempo record, ha valorado Blanca Navarro, subdirectora de la dirección general de Promoción de la Salud.
Los certificados se emitirán de forma gratuita en versión electrónica o en papel, bajo petición del ciudadano con su tarjeta SIP. Podrá solicitarlo a partir del portal de coronavirus, la App GVA+ Salud o el portal del paciente. Todos ellos cumplen con los criterios de seguridad requeridos por la Agencia Española de Protección de datos. Además, se contempla la posibilidad de obtención de certificado presencial a través de la solicitud de cita en las agendas de mostrador de su centro de salud.
Tipos de certificado
Existen tres tipos de certificado de los que la acreditación QR se recoge de forma digital que contendrá la información esencial y la firma digital que le otorga validez.
Certificado COVID Digital de vacunación: permite acreditar que la persona ha recibido una o dos dosis de una de las vacunas frente a la COVID aprobadas por la UE. La validez de este certificado es de 365 días después de la fecha de vacunación.
Certificado COVID Digital de recuperación: acredita de modo digital, en el código QR que la persona se ha recuperado de la COVID tras haber confirmado su enfermedad mediante una prueba PCR positiva. Este certificado será válido desde la finalización del periodo de aislamiento, día 11 de la prueba PCR positiva hasta 180 días después.
Certificado COVID Digital de pruebas: ofrece la acreditación de que la persona dispone de un resultado negativo de una prueba diagnóstica de COVID, que puede ser PCR o antígeno. En el caso de la prueba PCR el resultado tendrá una validez de 72h y la validez de la prueba de antígeno será de 48 horas. Para poder acreditarse los resultados de las pruebas de antígenos, no es válida cualquier tipo de prueba, sino que debe haberse realizado con uno de los kits comerciales aprobados por la UE.
Al viajar, el titular del Certificado COVID Digital de la UE debe, en principio, quedar exento de las restricciones a la libre circulación: los Estados miembros deberán abstenerse de imponer restricciones adicionales de viaje a las personas titulares de un Certificado COVID Digital de la UE, a menos que dichas restricciones sean necesarias y proporcionadas para salvaguardar la salud pública. En cualquier caso, es importante que todas las personas se cercioren de los requisitos que cada país tiene para viajar.