ACTA DE LA REUNION DE LA COMISION MIXTA CENTRALES SINDICALES ASOCIACION COMARCAL DE INDUSTRIALES DEL CALZADO DEL ALTO VINALOPO PARA ESTABLECER EL PERIODO DE VACACIONES EN LA CIUDAD DE VILLENA PARA EL AÑO 2005.
En la ciudad de Villena, (Alicante), siendo las 9,00 horas del día 2 de febrero de dos mil cinco, se reúne la Comisión Mixta, compuesta por representantes de las Centrales Sindicales CC.OO. y U.G.T. y representantes de la Asociación Comarcal de Industriales del Calzado del Alto Vinalopó para dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo 3. del Art. 28 del Convenio del Calzado.
Tras exponer cada parte sus argumentos, se alcanzó el siguiente acuerdo:
PRIMERO: El presente acuerdo no vinculará a cuantas empresas hubieren pactado sus vacaciones de forma expresa ó tácita con anterioridad a esta fecha.
SEGUNDO: El período de vacaciones a disfrutar durante el año 2004 será de 30 días naturales.
TERCERO: Los mencionados 30 días se disfrutarán del siguiente modo:
A) Del 18 al 31 de Julio (Ambos inclusive)
B) Del 5 al 11 de Septiembre (Ambos inclusive)
C) Resto a convenir.
CUARTO: Cualquier aspecto relacionado con el pago, se regirá por lo estipulado en el artículo anteriormente citado del Convenio.
QUINTO: Cualquier modificación que de común acuerdo establecieren empresarios y trabajadores en relación con el período de vacaciones acordado, será válido a todos los efectos.
SEXTO: En el supuesto de que hubieren empresas que no pudieran ajustar el período de vacaciones a las fechas acordadas y no se hubiere producido acuerdo con sus trabajadores, deberán someter sus nuevas propuestas a una Comisión Local de Mediación la cual intentará llegar a un acuerdo entre las partes. El plazo para remitir nuevas propuestas a la Comisión finalizará el próximo 2 de Marzo de 2005.
Entendiéndose que todas las partes que en el plazo previsto no hayan presentado a la Comisión Local de Mediación solicitud de modificación de fechas, están de acuerdo con las fechas establecidas.
Y para que la presente acta surta los efectos pertinentes y en prueba de conformidad con lo pactado, se firma la presente por ambas partes en el lugar y fecha al principio indicados.
Por la Asociación Por CC.OO. Por U.G.T.