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El Ayuntamiento alega contra la instalación de la planta solar por afecciones al acuífero y a las infraestructuras contra incendios forestales

La Concejalía de Urbanismo considera que el proyecto está cercano al suelo de interés de recarga del acuífero y su impacto en el suelo de valor agroecológico

Ibi, 24/10/2024

La Concejalía de Urbanismo ha prestando las alegaciones contra el proyecto de instalación de la planta solar Kenerjona II, que pretende instalar más de 72.000 placas con una potencia de 40,8 MW, argumentado el fuerte impacto que tiene para recursos naturales en el espacio seleccionado para su construcción. La edil de Urbanismo, Nuria Pina, considera que el Ayuntamiento “no ve con buenos ojos este tipo de proyecto tal y como se ha planteado y dónde se ha ubicado, pero la competencia y la decisión última corresponde a la Conselleria, es decir, a la Generalitat Valenciana”.

Las alegaciones cursadas en contra de la decisión autonómica, que inicial le ha dado luz verde, se fundamentan en la afección sobre “suelo de interés para la recarga de los acuíferos” y sobre la degradación de un terrero que considera como “de alto valor agroecológico en la zona”, determinación última que le corresponde a las consellerias de Medio Ambiente y Agricultura. En el caso de los acuíferos, el Ayuntamiento entiende que “la planta fotovoltaica se sitúa dentro del perímetro de seguridad que establece la norma, que debe ser de dos kilómetros de distancia de la ubicación del acuífero”.

Impacto en los recursos contra incendios

En el escrito del Ayuntamiento, también se entiende que la ubicación de la posible planta afecta a infraestructuras y al perímetro de seguridad que se establece en la planificación de la propia administración autonómica en materia de prevención de incendios forestales. En las alegaciones municipales se recuerda que “la planta solar se instala sobre infraestructuras para la prevención de incendios forestales del Plan de Prevención de Incendios Forestales de la Demarcación Forestal de Alcoy” y añade en el texto de alegaciones del Ayuntamiento que “esta administración entiende que los paneles fotovoltaicos no pueden ubicarse sobre infraestructuras para la prevención de incendios forestales (faja forestal cortafuego), cuestión que incide además en su Plan Local de Prevención de Incendios Forestales”.

La concejal de Urbanismo, Nuria Pina, ha indicado que “las últimas decisiones del Consell, que se recogen en el decreto ley 7/2024, limita a cero las competencias de los ayuntamientos, nos convierte en meros espectadores sin capacidad de decidir. Estamos alegando porque no queremos de esta manera esta planta solar, pero sabemos que quién decide es la Conselleria, es decir, el presidente Carlos Mazón”.

 


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